Buenos días.
Desde nuestra entidad querríamos presentarnos pero subcontratando parte del del proyecto. En este caso sin pasar por el trámite de formalizar una UTE, en caso de ser adjudicatarios. Queríamos preguntar si es necesario presentar la documentación
relativa a la solvencia económica y técnica de la empresa a la que subcontrataríamos. Entiendo que los documentos sobre los criterios sociales sí. Además, si es suficiente con presentar un contrato de colaboración mercantil en el que se establezcan las
condiciones de la colaboración.
Por último, si la titulación exigida para ejercer funciones de coordinación es válida en el caso de disponer del Título de Experta en Género e Igualdad o similar.
Muchas grcias
Buenos días,
En respuesta a su pregunta:
Respecto a la primera cuestión, el Pliego regulador contempla 2 situaciones:
La primera sería la participación conjunta recogida en el art. 13 de la LFCP, en cuyo caso, la cláusula 11.3 c) del Pliego regulador señala que:
"…deberán aportar un documento privado en el que manifiesten su voluntad de concurrencia conjunta, el porcentaje de participación que corresponde a cada persona licitadora y la designación de una persona representante o apoderada única con
facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo. El documento habrá de estar firmado por cada una de las licitadoras o sus representantes… Cada entidad integrante de la Unión Temporal
de Empresas, o de un grupo de entidades que participen conjuntamente, presentarán un formulario DEUC por separado."
La segunda sería la subcontratación recogida en la cláusula 23 del Pliego regulador y que señala: "Podrán subcontratarse las prestaciones del contrato cuando la entidad o persona licitadora en el momento de acreditar su solvencia haya presentado una
relación exhaustiva de los subcontratistas en los términos establecidos en el artículo 18 de la LFCP. Dicha relación vendrá acompañada de una declaración responsable del subcontratista de que está de acuerdo en cumplir las condiciones del contrato y
que no concurre en ninguna de las circunstancias del artículo 22 de la LFCP.
Asimismo, deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17 de la LFP, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato."
Respecto a la segunda cuestión:
La cláusula 8.2 del Pliego regulador contempla como requisitos de solvencia técnica:
· Titulación universitaria.
· Formación en Igualdad entre mujeres y hombres y/o violencia contra las mujeres de 120 horas como mínimo.
· Experiencia profesional de asistencia técnica con una duración mínima de 50 horas.
En el caso de que concurran los tres condicionantes, en la persona coordinadora, sería correcto.
Un saludo