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8387_0005-CP01-2026-000030

“Servicio de Reagrupación familiar y duelo migratorio”
El servicio de reagrupación familiar y duelo migratorio viene recogido en la medida 21 del Plan de Acogida a Personas Migrantes de Navarra (2021-2026) y se configura como un programa especializado y complementario con respecto a la intervención de las y los profesionales de distintos servicios públicos de ámbito familiar, educativo, sanitario, servicios sociales, jurídico-administrativo, ocio y tiempo libre, etc. El objetivo final es apoyar el proceso de reagrupación familiar facilitando la revinculación y reestructuración familiar, minimizando las dificultades derivadas del nuevo contexto y duelo migratorio, y potenciando los elementos positivos de reencuentro familiar, para lograr que las personas que llegan vuelvan a sentirse parte de la familia y del nuevo contexto en el que viven
Importe de licitación (sin impuestos)
983.298,80 EUR
Estado Evaluación
Periodo de solicitudes
08/abr/2026 00:01 - 08/may/2026 23:59
Tipo de Contrato Servicios
Tipo de Procedimiento
Abierto
Valor estimado sin impuestos 983.298,80 EUR
Código CPV
85320000-8 Servicios sociales

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de documentación administrativa
    • .CA. DEUC
    • AF. Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos
  • Sobre de oferta técnica
    • 01. Oferta técnica
  • Sobre de oferta económica
    • 21. Precio
    • 24. Criterios sociales
    • Experiencia y formación del personal

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
Documentos adicionales a publicar

DEUC contrato Reagrupación Familiar.pdf

Documentos adicionales a publicar

Pliego contrato reagrupación familiar DEF 3_03_2026_DG.pdf

Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
Muy buenas días Con respecto a la licitación, tenemos un par de dudas, que nos gustaría resolver para poder avanzar: “En relación al Criterio cuantificable “Experiencia y formación del personal” entendemos que podrán añadirse al equipo de trabajo para la ejecución (equipo de trabajo “adicional”, no hablamos del mínimo exigido en solvencia) personas que cuenten con la experiencia o idiomas aquí descritos sin que las mismas tengan que cumplir con la exigencia de titulación de psicología o pedagogía o trabajo social o educación social indicadas en solvencia técnica. “En el apartado relativo al valor estimado del contrato se incluye una previsión del número de intervenciones, junto con el desglose del importe anual. Del mismo modo, en el Anexo II, correspondiente a la oferta económica, vuelve a incorporarse esa estimación de intervenciones. Sin embargo, no se especifica el precio máximo unitario aplicable a cada intervención. Entendemos que este dato resulta necesario para poder formular correctamente la propuesta económica, ya que, en los términos en que actualmente se encuentra redactada la documentación, no es posible conocer con precisión cuál es el límite económico admisible para cada tipo de prestación ni, en consecuencia, verificar si los precios que pudiéramos ofertar se ajustarán a dicho límite. Dado que la facturación se articula en función del número de intervenciones efectivamente realizadas, y además diferenciadas por tipologías, consideramos imprescindible que se indique expresamente el precio máximo unitario de cada una de ellas que estáis dispuestos a pagar.” “Dentro del Sobre A, en el ANEXO I, dentro de las instrucciones aportadas para cumplimentar el DEUC, se pide importar el fichero DEUC.xml, pero en el Portal de Contratación de Navarra solo se aporta el fichero en formato PDF. Y al intentar cargarlo en https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es da error. Se solicita el fichero en formato xml” Mil gracias, Maite
Enviada

22/abr/2026

Contestada

24/abr/2026

1. En relación a esta consulta, se traslada que todo el personal técnico deberá tener la titulación que figura en el apartado de Personal del Punto 11.1. en el cual se establece que el personal técnico deberá tener titulación de licenciatura/diplomatura/grado de las siguientes ramas: psicología o pedagogía o trabajo social o educación social, siendo por ello de obligado cumplimiento, excluyéndose de este requisito únicamente a la persona que acredite el dominio de árabe y la formación en mediación. Por otro lado, en los criterios cuantificables recogidos en el punto 13.2.1. se valorarán criterios que pueda cumplir el personal técnico, sin ser en este caso obligado el cumplimiento de ninguno de ellos. 2. En el pliego se facilita tanto el número de intervenciones anual para cada actuación como el importe anual máximo a abonar por parte de la Dirección General de Políticas Migratorias. Se incluye también la referencia al número de horas previsto para cada intervención, siendo 1 hora todas, salvo las intervenciones grupales que serán 2 horas. Así mismo, en el pliego, cláusula 7 de Condiciones Particulares, se indica que en el importe se entienden incluidos todos los costes de personal, gastos de desplazamiento, gastos de formación continua del personal, alquiler de local y suministros, materiales y beneficio industrial. En la cláusula 3.9 de Prescripciones técnicas se especifica el número de jornadas y perfiles profesionales con los que deberá contar el servicio. Se informa también el Convenio Colectivo utilizado para el cálculo del coste del personal, II Convenio Colectivo del Sector de la acción e intervención social de Navarra. Cada entidad interesada en presentar su oferta a la presente licitación debe completar el importe unitario para cada intervención y año de acuerdo a su interés, asegurando cumplir los requisitos previstos en el pliego. La suma del importe total por intervención (intervenciones previstas en cada año por el importe unitario intervención indicado por la entidad) no debe exceder del importe máximo de la licitación para cada año indicado en el pliego. 3. Estamos haciendo las gestiones pertinentes para incluirlo en el formato solicitado.
Buenas tardes Tenemos un par de dudas. 1. En el punto 11.1 de solvencia técnica: En el equipo interdisciplinar aparece que el personal técnico deberá tener titulación de licenciatura/diplomatura/grado de las siguientes ramas: psicología o pedagogía o trabajo social o educación social. Al tener el servicio que se licita además funciones socioeducativas, que tiene que ver con el sistema educativo, es decir pertenencia educativa la cual incluye el nivel académico, entendemos que cuando habláis de ramas, incluye a otras titulaciones como magisterio. Nos lo podéis confirmar, por favor. 2. En la descripción de la intervención, se estiman el número de intervenciones previstas anual. Entendemos que en el apartado de Intervención individualizada, de las 2.600, se corresponde con personas. En el número de intervención grupal, entendemos que es el número de personas que participa en cada grupo. Nos lo podéis confirmar, por favor. Muchas gracias
Enviada

24/abr/2026

Contestada

27/abr/2026

Procedemos a la contestación de las consultas planteadas: 1. En respuesta a esta consulta, las titulaciones que el personal técnico deberá tener será de psicología o pedagogía o trabajo social o educación social por lo tanto, no se contempla la titulación de magisterio, ni la que sería equivalente en la actualidad de Grado de Educación Primaria. 2.En respuesta a esta consulta, confirmar que cuando se hace referencia a "número de intervenciones prevista anual" se hace referencia a las intervenciones referidas en cada una de las modalidades, ya sea individualizada, grupal, comunitaria, coordinación con profesionales, etc., en ese periodo de tiempo. Por lo tanto, la intervención individualizada implica que en cada intervención se atiende únicamente a una persona. Y en cuanto a la intervención grupal, el nº al que se hace referencia no es el número de personas que participan en la intervención grupal, que dependiendo de cada grupo este número podrá variar, sino que se refiere a las intervenciones grupales que se hayan hecho en el periodo señalado. Atentamente, el Secretario de la Mesa de contratación.
Buenos días Tengo tres cuestiones. 1- Dentro del Anexo I, se dice que se aporta el documento espd-request.xml . En las aclaraciones realizadas en el Portal de Contratación se ha adjuntado un documento docx, por lo tanto, al subir el fichero en https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es vuelve a dar error. Solicito que se suba al portal el fichero xml o que se ofrezca otra alternativa. 2- Dentro de la aplicación para presentar los documentos, en el “Sobre de documentación administrativa”, se solicitan dos documentos por separado: CA DEUC y AF. Declaración responsable de cumplimiento. ¿Dónde se encuentra el segundo documento? En el portal solo está colgado el DEUC contrato Reagrupación Familiar. O quizá hace referencia al apartado VI de este último documento “Parte VI: Declaraciones finales” 3- Por último, por concretar y que no haya lugar a errores. En la tabla de previsión de intervenciones y presupuesto para el año 2026, en Intervención grupal, las previstas son de 479. Entiendo que son 479 horas y que, dado que para las intervenciones grupales la unidad de medida será de 2 horas, esto hace un total de 239,5 grupos para 2026. Solicito confirmación. Muchas gracias por la atención. Mikel
Enviada

29/abr/2026

Contestada

30/abr/2026

1.-En respuesta a esta petición, en el pliego se recoge lo siguiente: "Los formatos admitidos por Plena, para los documentos que se anexan en la presentación de la oferta, son los utilizados habitualmente (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, odp, odi, dwg, zip.) y como medida alternativa, para adjuntar archivos de otros formatos, se pueden envolver en un archivo comprimido (ZIP)." Por ello, los formatos .pdf y .docx facilitados en el portal son extensiones admitidas. En cualquier caso, en el portal de contratación se establece un apartado de ayuda ante cualquier dificultad pudiendo contactar en el teléfono 948013544 y en el correo electrónico soporte.contratacion@navarra.es 2.- A raíz de esta consulta se ha constado que los Pliegos del expediente de contratación no prevén la presentación de una "Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos" por lo que no procede presentar el referido documento. En su lugar, y dado que está configurado como un campo obligatorio, podrá optarse por presentar un documento expresando que no procede adjuntar declaración la responsable. Por otro lado, los licitadores que vayan a participar conjuntamente con otros, o mediante unión temporal de empresas, podrán aportar en el referido campo el documento privado previsto en la cláusula 12.3 del Pliego en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta correspondiente. 3.- En respuesta a esta consulta, señalar que en el párrafo anterior a la tabla se dice textualmente que "para la determinación del nº de intervenciones se tendrá en cuenta que todas ellas se computarán como unidad de medida de una hora, salvo las intervenciones grupales que la unidad de medida será de 2 horas. Teniendo en cuenta que en la tabla figura que el número de intervenciones previstas en el año 2026 desde el 1 de julio es de 479 y que para cada intervención grupal su unidad de medida es 2 horas, esto conllevaría un total de 958 horas.
Buenos días Nos gustaría saber si se puede adjuntar un anexo con imágenes, que no añaden más texto, pero que facilitan la comprensión. Muchas gracias
Enviada

29/abr/2026

Contestada

30/abr/2026

En relación a esta consulta, aunque no se llega a concretar en la misma sobre que documentación se quiere adjuntar un anexo, hemos interpretado que la solicitud de aclaración esté vinculada al apartado 12.3 de las bases y en concreto al sobre B "Propuesta criterios cualitativos". En el mismo se dice: "El proyecto no podrá tener una extensión superior a 40 páginas realizado en letra Arial 12 e interlineado sencillo. En caso de adjuntar proyectos de longitud superior únicamente se tendrá en cuenta para la valoración las 40 primeras páginas." Es por ello que, en este caso, en el mismo documento del proyecto no queda excluido incorporar imágenes pero manteniéndose el límite de extensión en las 40 páginas y por lo tanto no contemplándose la posibilidad de adjuntar un anexo al documento del proyecto.
Muy buenos días En el apartado de criterios sociales, en las Medidas de conciliación, se dan hasta 4 puntos, pero se ponen 4 medidas. No sabemos si se contemplan solo esas 4 medidas o se contemplan más, porque cada medida cuenta 0,5 puntos, y esto si lo dividimos por 4, da 2 puntos en total. ¿Se pueden incluir más medidas que las que aparecen en el pliego?
Enviada

30/abr/2026

Contestada

04/may/2026

En respuesta a la presente consulta, informar, en relación a lo señalado en el apartado "Medidas de conciliación en relación a la jornada de trabajo" del epígrafe 13.2.2 del Pliego de condiciones que regulan la contratación, en el que se indica que "se asignará 0,5 puntos por cada medida implantada", el dato de 0,5 es erróneo y se debe atender a que la asignación será de 1 punto por cada medida implantada de las que vienen recogidas, lo cual permitiría, en el supuesto de cumplir las 4 medidas, la obtención de los 4 puntos máximos que se contemplan en dicho apartado.