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3064_5/2020

Contrato de Obra para la renovación del césped artificial del campo municipal de fútbol "El Pinar" de Zizur Mayor
Contrato de Obra para la renovación del césped artificial del campo municipal de fútbol "El Pinar" de Zizur Mayor
Importe de licitación (sin impuestos)
285.000,00 EUR
Estado Finalizado
Periodo de solicitudes
09/jul/2020 00:01 - 23/jul/2020 23:30
Tipo de Contrato Obras
Tipo de Procedimiento
Abierto
Valor estimado sin impuestos 285.000,00 EUR
Código CPV
45000000-7 Trabajos de construcción

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de documentación administrativa
    • AF. Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos
  • Sobre de oferta técnica
    • 1.- Mejoras de la solución de riego adoptado
    • 2.- Mejoras prestación de mantenimiento posterior.
  • Sobre de oferta económica
    • 1.- Ampliación del Plazo de Garantía (Anexo IV)
    • 2.- Calidad de materiales. (Anexo V)
    • 3.- Prestaciones accesorias al contrato. (Anexo VI)
    • 4.- Oferta económica. (Anexo II)
    • 5.- Criterios Sociales. (Anexo III)

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
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Presupuesto.zip

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5. Obras PliegoCespedZizur.pdf

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5.- Cuadro características.pdf

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5.- PLANOS.pdf

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5.- MEMORIA PROYECTO BASICO.pdf

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Mesas de apertura de la licitación.

3064_5/2020: Mesa de apertura de la sección Sobre C: Sobre de oferta económica

6 agosto 2020 14:30

Finalizada

Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
Buenos días, 1. ¿Sería posible que nos hicieran llegar el presupuesto en .pzh o en .bc3 o en .pdf? ya que no disponemos actualmente de PRESTO. 2. Por otro lado, en la cláusula 8.2. solvencia técnica profesional (página 4 del pliego regulador) indican que el licitador deberá aportar una muestra de césped, fichas técnicas de césped, ensayos, ficha técnica de los aspersores y maquinaria. Así mismo, en la declaración responsable se indica que se aporta muestra por parte del licitador. Pero en la cláusula 14. Presentación Documentación y propuesta de adjudicación, donde indican la documentación a presentar por el que fuera propuesto como adjudicatario, en el punto 3, señalan: "documentación acreditativa de la solvencia económica... técnica y profesional en los términos exigidos en el presente pliego", por lo que se da a entender que es el licitador propuesto como adjudicatario el que debe presentarlo. ¿Pueden indicarnos si lo que piden en la página 4 (muestra de césped, fichas técnicas de césped, ensayos, ficha técnica de los aspersores y maquinaria) debe incluirse en la licitación? En el caso afirmativo, ¿dónde se envía la muestra?¿Puede entregarse en formato DIN A4, 21x30cm? 3. En la página 28 y 29 del pliego se indican un listado de documentos, Requisitos y certificaciones, que debe tener el césped, empresa... se entiende que lo presentará el contratista, es decir en la empresa en la que recaiga la adjudicación, es así? Muchas gracias y saludos.
Enviada

10/jul/2020

Contestada

15/jul/2020

1.- El presupuesto en PDF se ha colgado en el Portal de Contratación como aclaración. 2.- De acuerdo con el punto 15 del Anexo I- Modelo de Solicitud y Declaración Responsable- en la fase de licitación, se debe adjuntar una muestra del material a suministrar conforme al pliego, la muestra se enviará al Ayuntamiento de Zizur Mayor (Parque Erreniega, s/n, 31180 Zizur Mayor), siendo el formato 21 x 30 cm suficiente. Posteriormente el adjudicatario, acreditará la Solvencia Técnica-Profesional , tal y como se indica en la clausula 8.2. 3.- Los requisitos y certificaciones que se solicitan en la páginas 28 y 29 del pliego serán presentados por el empresa adjudicataria, siendo motivo de no firma de contrato la no presentación de estos documentos.
- Se pide alternancia de rollos en color verde, esto no supone el instalarlos unos en un sentido y el siguiente en el otro sentido logrando un efecto cromático meramente visual, sino que lo que se pide implica que los tonos del césped de los rollos deben de ser diferentes. Es asi?? - Sobre el sistema de riego se posibilita la mejora y se puntúa la misma. Se aceptan soluciones de cañones emergentes o sólo quieren cañones elevados a 2 metros con protectores de los mismos?? - Se pide retirar las dos capas de césped actuales mecánicamente, separando los rellenos del césped propiamente dicho. Se pide también trasladar el césped de estas 2 superficies a almacén Municipal - Solo hay que llevar el césped o también los rellenos?? - Si los rellenos no se llevan, que se hace con ellos?? Va a Vertedero?? Se dejan acopiados en obra?? - Se puede aprovechar parte de estos rellenos como parte del lastre del nuevo césped a instalar o necesariamente deben de ser rellenos nuevos?? - El césped incluido en el proyecto, que se puede mejorar y lo valoran por tanto, cuenta con una galga de 3/8, por tanto la medición de sus puntadas/m2 es diferente de otros sistemas de tufting que cosen en galga 3/16 ó 5/8, Cómo podemos justificar nuestras puntadas entonces para estar en las mismas condiciones de valoración que estos otros productos ¿? * Una galga 3/8 implica numéricamente que se pueden contabilizar casi el doble de puntadas que un producto con galga 5/8 sin que esto sea ni mejor ni peor, pues el resto de valores pueden ser similares (Dtex, peso de fibra, altura, etc..), por tanto no es comparable un producto con otro en este sentido salvo que quede perfectamente definido este parámetro para los diferentes sistemas de tufting en galga 3/16 y 5/8 y por tanto las puntaciones puedan ser equiparables.
Enviada

16/jul/2020

Contestada

17/jul/2020

1.-Se pide alternancia de rollos en color verde, esto no supone el instalarlos unos en un sentido y el siguiente en el otro sentido logrando un efecto cromático meramente visual, sino que lo que se pide implica que los tonos del césped de los rollos deben de ser diferentes. Es asi?? Quien licita debe decidir y debe tomar la mejor solución para el cliente, tanto estética como técnica. 2.- Sobre el sistema de riego se posibilita la mejora y se puntúa la misma. Se aceptan soluciones de cañones emergentes o sólo quieren cañones elevados a 2 metros con protectores de los mismos?? Quien licita debe de proponer las mejoras que crea son adecuadas y mejores en su funcionamiento. 3.- Se pide retirar las dos capas de césped actuales mecánicamente, separando los rellenos del césped propiamente dicho. Se pide también trasladar el césped de estas 2 superficies a almacén Municipal SI. Al menos que quien licita ofrezca una alternativa mejor. -4.-Solo hay que llevar el césped o también los rellenos?? Los rellenos van a residuos al menos que quien licita plantee una solución mejor. -5.-Si los rellenos no se llevan, que se hace con ellos?? Va a Vertedero?? Se dejan acopiados en obra?? Van a vertedero. 6.- Se puede aprovechar parte de estos rellenos como parte del lastre del nuevo césped a instalar o necesariamente deben de ser rellenos nuevos?? No. Deben ser nuevos. 7.- El césped incluido en el proyecto, que se puede mejorar y lo valoran por tanto, cuenta con una galga de 3/8, por tanto la medición de sus puntadas/m2 es diferente de otros sistemas de tufting que cosen en galga 3/16 ó 5/8, Cómo podemos justificar nuestras puntadas entonces para estar en las mismas condiciones de valoración que estos otros productos ¿? Quien licita deberá justificar técnicamente con su equivalencia y se valorará esa solución. 8.- Una galga 3/8 implica numéricamente que se pueden contabilizar casi el doble de puntadas que un producto con galga 5/8 sin que esto sea ni mejor ni peor, pues el resto de valores pueden ser similares (Dtex, peso de fibra, altura, etc..), por tanto no es comparable un producto con otro en este sentido salvo que quede perfectamente definido este parámetro para los diferentes sistemas de tufting en galga 3/16 y 5/8 y por tanto las puntaciones puedan ser equiparables. Quien licita debe ceñirse a la prescripción técnica aunque pueden poner su equivalente y se valorará esa solución.
Vemos que piden la muestra como solvencia en el PCAP, teniendo en cuenta que siempre prevalece el PCAP, en discrepancias sobre otros documentos. No entendemos como hay que presentar algunos documentos de solvencia en este momento y otros no. La muestra, se encuentra recogida en el apartado solvencia se debería presentar tal como se indica en la página 14 , “en el punto 14.- PRESENTACIÓN DOCUMENTACIÓN Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN”. Pero sin embargo en la declaración responsable (Anexo I) se exige la aportación de la misma en este momento. En esta misma declaración se declara, que se cumplen los requisitos para contratar. Por ello encontramos una contradicción, nos están exigiendo un requisito de solvencia ahora y los otros no. Entra en contradicción con el pliego
Enviada

17/jul/2020

Contestada

22/jul/2020

De acuerdo con el punto 15 del Anexo I- Modelo de Solicitud y Declaración Responsable- en la fase de licitación, se debe adjuntar una muestra del material a suministrar conforme al pliego, la muestra se enviará al Ayuntamiento de Zizur Mayor (Parque Erreniega, s/n, 31180 Zizur Mayor), siendo el formato 21 x 30 cm suficiente. Posteriormente el adjudicatario, acreditará la Solvencia Técnica-Profesional , tal y como se indica en la clausula 8.2. 3.- Los requisitos y certificaciones que se solicitan en la páginas 28 y 29 del pliego serán presentados por el empresa adjudicataria, siendo motivo de no firma de contrato la no presentación de estos documentos.
Vemos como criterio puntuable: Alternancia de rollos combinando tanto transversal como longitudinal dos gamas de color verde. Máximo 4 puntos. Analizando los pliegos vemos que los campos deberían ser homologados al final de la instalación según se indica en el Cuadro INFORMATIVO DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO dice: “Una vez instalado, el césped deberá ser objeto de homologación y certificación conforme a las siguientes instrucciones técnicas: UNE-EN 15330-1 y FIFA QUALITY PRO”. Este criterio no sería aplicable si se quiere realizar una homologación de los campos ya que la normativa no contempla la alternancia de rollos. Y si la empresa se compromete a realizar este punto será imposible homologar los campos. Esto se puede cotejar en el Manual Handbook FIFA 2015 en la página 5 hay un párrafo que especifica claramente: “Only one specific product may be used per field. No combination of diferent products (different colours, yarn compositions or other) may be use don one single field”. Adjuntamos enlace web dónde se puede encontrar el manual oficial de la FIFA: https://football-technology.fifa.com/media/1239/fqp-handbook-of-requirements-2015-v31-w-cover.pdf
Enviada

17/jul/2020

Contestada

22/jul/2020

Como bien indica, la FIFA dice que se debe utilizar el mismo producto exacto tanto en color como en los demás parámetros (a excepción de la líneas o logos, tema de color) en su Manual 2015. Lo que se pretende es que mediante la utilización de un mismo producto se consiga una sensación de dos tonos de verde diferentes.
Es necesaria la aportación de los ensayos FIFA y UNE en el momento de licitar? Si es así, en que sobre se debería incluir?. Entendemos que de ser así deberán ser originales y/o copia compulsada ante notario. Y si lo debe entregar el adjudicatario también lo deberá presentar original?.
Enviada

17/jul/2020

Contestada

22/jul/2020

Referente a lo que se indica en el presupuesto punto 04; En el primer párrafo se indica todos los certificados que tiene el producto, pero que como bien indican, solo se realizaran los ensayos in situ FIFA 2015 y el de normativa europea UNE. Por eso, se pide y será necesario presentar los ensayos que son objeto de homologación in situ, es decir el UNE y el FIFA 2015, además de las certificaciones indicadas en la cláusula 37 del pliego, y que deberán ser presentados por parte del adjudicatario.
En la partida de los ensayos del presupuesto piden lo siguiente: CAPITULO 4 ENSAYOS 04 ENSAYOS El producto testado en laboratorio conforme cumplirá los criterios de EN 15330-1; Handbook for Football Turf 2012 y 2015 (FIFA Quality/FIFA Quality PRO); NF P90-112; IRB; Nordic Test Certificate. Informe de laboratorio homologado según el último FIFA Quality Programme for Football Turf Manual 2015 que acredite que el sistema de césped artificial satisface los requerimientos para las categorías FIFA QUALITY y FIFA QUALITY PRO. El informe de laboratorio contendrá al menos los siguientes apartados: - Descripción del proceso de certificación. ............(No se copia completa la partida porque la plataforma no admite tantos caracteres, VER partida indicada en el Presupuesto) No entendemos esta partida de obra. No están pidiendo que se haga los ensayos IN SITU y certificación del campo, tal como especifica el Cuadro INFORMATIVO DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO que dice: “Una vez instalado, el césped deberá ser objeto de homologación y certificación conforme a las siguientes instrucciones técnicas: UNE-EN 15330-1 y FIFA QUALITY PRO”. Para resumir lo que realmente están pidiendo: a) Son unos ensayos de producto, en laboratorio NO IN SITU. b) Por otro lado vemos que se hace referencia al Handbook for Football Turf 2012 y 2015. El único que es vigente es el Handbook for Football Turf 2015, y que los demás quedarían fuera de vigencia. Es decir, si un licitador presentará algún ensayo haciendo referencia a la normativa Handbook for Football Turf 2012 debería quedar excluido. c) Se hacen referencia en esta partida NF P90-112; IRB; Nordic Test Certificate, que no son aplicación del objeto del contrato. Rogamos que se realice las correcciones pertinentes.
Enviada

17/jul/2020

Contestada

22/jul/2020

Referente a lo que se indica en el presupuesto punto 04; En el primer párrafo se indica todos los certificados que tiene el producto, pero que como bien indican, solo se realizaran los ensayos in situ FIFA 2015 y el de normativa europea UNE. Por eso, se pide y será necesario presentar los ensayos que son objeto de homologación in situ, es decir el UNE y el FIFA 2015, además de las certificaciones indicadas en la cláusula 37 del pliego, y que deberán ser presentados por parte del adjudicatario.