1ª Alcance de la oferta económica.
Siendo el procedimiento de obras abierto, le indico si puede aclararnos la forma de oferta económica y alcance que debe reflejar la propuesta
económica.
En concreto según el apartado 7.6. 3. Subapartado 5
"5.Memoria explicativa del análisis crítico del Proyecto (10 ptos), señalando los defectos u omisiones de cualquier tipo que hayan podido
detectarse con especial preponderancia de aquellos que afecten al coste final de las obras. (Máximo 6 folios a una cara). Se entenderá que
la oferta económica efectuada por la adjudicataria comprende el resultado del análisis crítico del Proyecto."
Y lo indicado en el apartado 7.6.4. subapartado 2.
"2.Documento de estado de mediciones, que se adjunta en la documentación de concurso, completado con los precios de cada una de las
unidades proyectadas y el resumen de capítulos parcial y total resultante, sin IVA, incluyendo Gastos Generales y Beneficio Industrial del
concursante. El licitador no podrá modificar bajo ningún concepto las mediciones reflejadas en el documento de estado de mediciones, en
caso de hacerlo, se considerará a dicha acción como falta grave, por lo que será automáticamente desestimada la oferta en su totalidad.
El importe total de esta documentación deberá coincidir con el de la oferta económica. En caso contrario, podrá ser causa de exclusión."
En este caso la revisión del proyecto realizada dará una memoria explicativa del análisis del proyecto que si incluye tanto defectos como
excesos, ¿se deben de tener en cuenta en la oferta económica?. Pero no se pueden cambiar las mediciones del proyecto que aportan, con
lo que ¿Se considera que el proyecto es un proyecto cerrado, salvo nuevas actuaciones a definir, y el constructor debe repercutir los excesos
o defectos en la estructura actual del proyecto?
Respecto al alcance de la oferta económica.
Efectivamente, las omisiones, defectos o mejoras que se propongan respecto al proyecto, se deben explicar en la memoria, sin aportar
ningún tipo de información cuantitativa económica. El objeto de esta memoria es determinar el grado de comprensión del proyecto por parte
del licitador, por tanto, no debe haber valoración económica en este apartado.
En la oferta económica que se presente, el licitador puede valorar las mejoras, omisiones, errores,… que considere, a su cuenta y riesgo, ya
que las modificaciones que se quiera plantear por el mismo, al proyecto, deberán ser autorizadas por la Dirección de Obra y por la Propiedad
antes de ser autorizadas.
El proyecto no es un proyecto cerrado. En fase de licitación no se puede hacer modificaciones, en las mediciones, tal y como prevé el pliego,
pero la oferta que se proponga como adjudicataria, antes de serlo formalmente, deberá aportar su presupuesto descompuesto con las
mediciones, con el resto de la documentación para la formalización del contrato de adjudicación.