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8555_CONT SER 2022/1

Contratación de los seguros de vida y accidentes del personal de Servicio de atención al domicilio Pamplona, S.L.U.
La contratación de un Seguro Colectivo de Vida y de un Seguro Colectivo de Accidentes para el personal del SAD PAMPLONA con las coberturas y capitales que se establecen en los acuerdos sobre condiciones de empleo.
Importe de licitación (sin impuestos)
48.972,60 EUR
Estado Evaluación
Periodo de solicitudes
04/mar/2022 00:01 - 02/abr/2022 00:00
Tipo de Contrato Servicios
Tipo de Procedimiento
Abierto
Valor estimado sin impuestos 377.951,12 EUR
Código CPV
66511000-5 Servicios de seguros de vida

66512100-3 Servicios de seguros de accidentes

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de documentación administrativa
    • .CA. DEUC
  • Sobre de oferta técnica
    • Criterio técnico genérico solo documentos SIN EVALUACIÓN
  • Sobre de oferta económica
    • 21. Precio

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
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cpc SEGURO VIDA ACCIDENTES SAD PamplonaDEF.pdf

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ANEXO Personal.pdf

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SINIESTRALIDAD.pdf

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ANEXO II 2 INSTRUCCIONES DEUC.pdf

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS GENERALES.pdf

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS EGURO DE VIDA Y ACCIDENTES PERSONAL SAD PAMPLONA.pdf

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Pliego técnico

Pliego técnico seguro vida y accidentes SAD Pamplona, S.L.U.

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El pliego administrativo establece y recoge en un único lote, que deben quedar garantizadas las coberturas propias del ramo de Vida y las coberturas referidas al ramo de Accidentes; dada esta circunstancia para poder licitar, debemos realizarlo con dos entidades aseguradoras distintas, cada una de ellas autorizada por la DGS para operar en el ramo correspondiente. Las dos entidades aseguradoras pertenecen al mismo Grupo Empresarial, bajo este supuesto, ¿está permitida la subcontratación perteneciendo ambas entidades al mismo Grupo Empresarial?
Enviada

07/mar/2022

Contestada

09/mar/2022

Conforme al apartado O de las condiciones particulares del contrato no está permitida la subcontratación. No obstante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley Foral 2/2018 de contratos públicos, el pliego de cláusulas administrativas generales que rige la contratación, en su apartado 5, permite la concurrencia en uniones temporales de empresas y personas licitadoras en participación.
Buenos días, Por favor, necesitaríamos los datos del personal tramitando expte de invalidez. Muchas gracias.
Enviada

11/mar/2022

Contestada

15/mar/2022

Buenos días. No nos consta que nadie de nuestro personal esté tramitando un expediente de invalidez. Un saludo.