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1004_40006736-40007035

Servicio de Transporte Escolar (14 rutas) en vehículos de más de 9 plazas para el curso 2020/2021
Servicio de Transporte Escolar en vehículos de más de 9 plazas para el curso 2020/2021 (periodo del 1 de febrero de 2021 al 31 de agosto de 2021)
Importe de licitación (sin impuestos)
331.965,15 EUR
Estado Finalizado
Periodo de solicitudes
08/feb/2021 - 08/mar/2021 23:59
Tipo de Contrato Servicios
Tipo de Procedimiento
Abierto
Valor estimado sin impuestos 331.965,15 EUR
Nº lotes 14

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Documentación general
    • Anexo I: DEUC
    • Anexo II: Modelo de participación conjunta o en UTE (en su caso)
    • Anexo III bis: Relación de vehículos disponibles
    • Anexo III: Relación de Lotes a los que se oferta.
  • Criterios cuantificables mediante fórmula
    • Anexo IV-A.- Kilometraje de los vehículos y Anexo V.- Características de vehículos disponibles
    • Anexo IV-B.- Criterios de carácter social
    • Anexo IV-C.- Criterios medioambientales
    • Anexo IV-D.- Oferta Económica

Lotes en que se divide el expediente

Lote Título Importe de licitación (sin impuestos) Estado
60100000-9 Servicios de transporte por carretera

1 Lote 1: Ruta 202: Berroeta-Aniz-CPEIP S. Fco.Javier de Elizondo 24.677,27 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

2 Lote 2: Ruta 441: Otiñano-Mirafuentes-Murieta-CPEIP Ancín 26.288,98 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

3 Lote 3: Ruta 512: Figarol-Murillo el Fruto-CPEIP Carcastillo 24.187,77 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

4 Lote 4: Ruta 708: Gaintza-Uztegi-Arribe-CPEIP Araxes de Betelu 22.513,76 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

5 Lote 5: Ruta 1002 (doble): Ribaforada-Fustiñana-Cabanillas-IES Valle del Ebro-ETI (2 sedes) // Fustiñana-Cabanillas-IESO Ribaforada 31.851,48 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

6 Lote 6: Ruta 1027: Ruta urbana por Tudela hasta el CPEE Torre Monreal 27.489,67 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

7 Lote 7: Ruta 1229: Setoain-Ilarraz-Inbuluzketa-Sarasibar-Ilurdotz-Antxoritz-Irotz-IES Askatasuna/IES Ibaialde/IES Pedro de Atarrabia 16.842,85 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

8 Lote 8: Ruta 1239: Lintzoain-Esnotz-Orondritz-Erro-Agorreta-Zubiri-IES Askatasuna/IES Ibaialde/IES Pedro de Atarrabia 23.463,64 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

9 Lote 9: Ruta 1321: Orokieta-Erbiti-Gartzaron-Aizarotz-CPEIP Jauntsarats 28.471,10 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

10 Lote 10: Ruta 1401 (2 vehículos): Gorraiz-Badostain-Sarriguren-IES Mendillorri 35.357,27 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

11 Lote 11: Ruta 1409: Salinas de Ibargoiti-Monreal-Elorz-Zulueta-Torres de Elorz-Imarcoain-IESO Noain 19.727,25 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

12 Lote 12: Ruta 1410: Tiebas-Olaz-Subiza-Beriain-Cordovilla-Esquiroz-Salinas de Pamplona-IESO Noain 15.553,96 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

13 Lote 13: Ruta 1411: Izco-Idocin-Monreal-Unciti-Guerendiain-Yárnoz-Zabalegui-CPEIP Noain 22.148,86 Finalizado
60130000-8 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

14 Lote 14: Ruta 1419: Tajonar-Mutilva-IES Iturrama 13.391,26 Finalizado

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
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Anexo II

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Anexo III bis

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Anexo III

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Anexo IV-A y Anexo V

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Anexo IV B

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Anexo IV C

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Anexo IV D

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Anexo VI

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Anexo VII

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Anexo VIII

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Anexo IX

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Anexo X

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Personal subrogable línea 202-2

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Personal subrogable línea 202-1

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Personal subrogable línea 441

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Personal subrogable línea 512

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Personal subrogable línea 708

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Personal subrogable línea 1002

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Personal subrogable línea 1027

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Personal subrogable línea 1229-1321-1401

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Personal subrogable línea 1239

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Personal subrogable línea 1409-1410-1411-1419

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Anexo I

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Archivo zip para DEUC

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Pliego administrativo

Pliego administrativo

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Mesas de apertura de la licitación.

1004_40006736-40007035: Mesa de apertura de la sección A: Sobre de cláusulas administrativas

10 marzo 2021 09:00

Finalizada

Documento Fecha de publicación
Acta 1. Documentación administrativa Publicado el 25/mar/2021

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Acta 2. Subsanación documentación 14 rutas bus Publicado el 25/mar/2021

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1004_40006736-40007035: Mesa de apertura de la sección BC: Sobre de condiciones técnicas y económicas

23 marzo 2021 09:00

Finalizada

Documento Fecha de publicación
Acta 3. Apertura sobre BC 14 rutas bus 2020-2021 Publicado el 13/abr/2021

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Acta 4. Acta revisión doc adjudicatarios Publicado el 13/abr/2021

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Buenas tardes, En el caso de presentar colaboración entre empresas en la fase de licitación , el porcentaje de colaboración ¿es superior al 25%?. En caso Afirmativo , ¿Que tipo de documentos serian necesarios para acreditarla?. Muchas gracias .
Enviada

24/feb/2021

Buenos días. No terminamos de entender bien a qué se refiere. Por un lado habla de colaboración en fase de licitación, pero luego hace referencia al 25% máximo que se permite de colaboración en fase de ejecución (únicamente en circunstancias no previsibles). Un saludo.
Buenas tardes: En el anexo IX pone los diferentes tipos de vehículos con los que se han de realizar las diferentes líneas, Entiendo que dichas líneas podrán realizarse con vehículos con una capacidad superior a la que aparece en el mencionado anexo, siempre y cuando sea posible la realización de la línea con un vehículo de mayor capacidad, y por lo tanto la empresa podrá licitar con vehículos de mayor capacidad que la requerida en el anexo IX. Por ejemplo en el lote 10 (ruta Tajonar - Pamplona) se solicita un microbús hasta 36 plazas, entiendo que una empresa podrá licitar con un autobús de 55 plazas. Confírmenme si esto es así.
Enviada

01/mar/2021

Contestada

04/mar/2021

Buenos días. Tal y como se establece en el apartado "solvencia técnica y profesional, experiencia y medios", las empresas deberán tener a su disposición los vehículos que resulten suficiente e idóneos en número y características para ejecutar, en su caso, el lote ofertado. Por lo tanto, usted podrá presentar una oferta con un vehículo de mayor capacidad, siempre que pueda ejecutar el lote. En el caso de un vehículo de ese tamaño no pueda acceder a alguna de las localidades/recorridos, no podrá ofertarlo. Un saludo.
Buenas tardes: El artículo 67 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de contratos públicos dice que " la Administración verificará la información facilitada por la empresa saliente antes de incluirla en los pliegos". En la información facilitada por la empresa Eugenio Diez S.A. respecto al personal subrogable de la línea 1401 aparecen dos conductores con un salario bruto de 26.111,40 euros y 29.520,80 euros respectivamente, 40 horas de trabajo semanales por conductor y un porcentaje de jornada anual del 100% para ambos conductores. Quisiera que me explicaran como puede ser esto posible. Tanto en el anexo III (bis) como en los anexos IV-A y IV-C se advierte que " incluir en falsedad al efectuar estas declaraciones será motivo de exclusión de la licitación del lote correspondiente" La información facilitada por las empresas que actualmente están realizando las líneas objeto de la licitación, respecto al personal subrogable, es fundamental para las empresas licitadoras a la hora de evaluar los costes laborales y en consecuencia va a influir a la hora de preparar la oferta económica. Quisiera saber si las empresas que presenten datos falsos o erróneos respecto al personal subrogable de una línea serán excluidas del lote en el cual está incluida dicha línea o no.
Enviada

01/mar/2021

Contestada

03/mar/2021

Buenos días. Los datos aportados por la empresa en el proceso de licitación, como información dentro de la figura de la subrogación laboral, son enviados a las representaciones sindicales a los efectos de la validación del contenido que se describe, a tal efecto la información integrada en los pliegos de condiciones administrativas han sido validados por dicha representación sindical, en consecuencia debemos partir de la veracidad de la información en ellos contenida. Si el licitador considera que la información contiene errores deberá tener en cuenta dicha circunstancia en su proceso de concreción de la oferta a presentar, y si resulta adjudicatario de dicho contrato proceder a la subrogación laboral ajustando la misma a la realidad efectiva de las condiciones laborales de los trabajadores afectados por la misma. Si queda demostrada, en algún momento del procedimiento, la falsedad de la información aportada por la empresa y no se trata de un error o equivocación, se aplicará de forma automática lo dispuesto en las condiciones administrativas reguladoras de dicho proceso de licitación pública. Un saludo.
Buenas noches Cuando en el anexo de las rutas se especifica "un tipo de vehículo hasta 36 plazas" ¿Es necesario que el vehículo que licite sea de 36 plazas o basta con que cubra las plazas previstas en cada ruta?. Como en otras ocasiones , entendemos que lo que se esta pidiendo es cubrir el segmento de 10 a 36 plazas según las necesidades previstas. Gracias. Un saludo.
Enviada

01/mar/2021

Contestada

04/mar/2021

Buenos días. Tal y como se establece en el apartado "solvencia técnica y profesional, experiencia y medios", las empresas deberán tener a su disposición los vehículos que resulten suficiente e idóneos en número y características para ejecutar, en su caso, el lote ofertado. Por lo tanto, si usted gana un lote, con un vehículo "pequeño" del segmento 10 a 36 plazas porque hay una previsión de 13 alumnos, en el hipotético caso de que se incremente la demanda de alumnado transportado, por ejemplo a 35, usted estará obligado a transportar a los 35 alumnos con un vehículo de suficiente tamaño para ello, y siempre de igual o mayor valoración global que el incluido en la oferta. Un saludo.
Buenas tardes; quisiera que me aclarasen varias dudas que tengo sobre los datos que aparecen en las tablas del personal subrogable: "Porcentaje de jornada anual" ¿El dato que aparece se refiere al porcentaje de jornada sobre las 1.770 horas anuales que aparecen reflejadas en el convenio de transporte de viajeros por carretera de Navarra o al porcentaje de jornada utilizado en la realización de la línea a la que se refiere cada tabla? Supongamos un trabajador fijo a jornada completa que trabaja 4,5 horas diarias realizando la línea que aparece en la tabla, es decir, trabaja 787,5 horas durante un curso escolar (4,5 horas x 175 días). En el caso de que el porcentaje hiciera referencia a las 1.770 horas de jornada anual el dato que debería de aparecer en esta columna seria 100%, sin embargo si el porcentaje hace referencia al tiempo de trabajo utilizado para realizar dicha línea el dato que debería de aparecer en esta columna sería 44,49%. "Horas semanales (días lectivos)" ¿El dato que aparece hace referencia al total de horas trabajadas a la semana por el trabajador que realiza la línea que aparece en la tabla, empleadas tanto en la realización de esa línea como en el resto de líneas o solamente a las horas trabajadas a la semana realizando la línea a que hace referencia la tabla? En el ejemplo anterior si el dato hace referencia al número total de horas trabajadas a la semana utilizadas para realizar tanto la línea que aparece en la tabla como el resto de líneas el dato que debería aparecer en esta columna sería 40 horas semanales, mientras que si el dato hace referencia al número de horas semanales empleadas en realizar la línea a la que hace referencia la tabla el dato que debería aparecer sería 22,5 horas semanales. "Horas anuales en la línea" ¿El dato que aparece se refiere a un curso escolar o a un año natural? En el caso de referirse a un año natural entre que fechas estaría comprendido dicho año?
Enviada

02/mar/2021

Contestada

03/mar/2021

Buenas tardes. Los datos aportados por la empresa en el proceso de licitación, como información dentro de la figura de la subrogación laboral, son enviados a las representaciones sindicales a los efectos de la validación del contenido que se describe, a tal efecto la información integrada en los pliegos de condiciones administrativas han sido validados por dicha representación sindical, en consecuencia debemos partir de la coherencia de la información en ellos contenida. Si el licitador considera que la información contiene errores o incorrecciones deberá tener en cuenta dicha circunstancia en su proceso de concreción de la oferta a presentar, y si resulta adjudicatario de dicho contrato proceder a la subrogación laboral ajustando la misma a la realidad efectiva de las condiciones laborales de los trabajadores afectados por la misma. Un saludo.
Buenos días , En el caso de participar directamente en algunos lotes y en otros en participación conjunta , ¿como debemos de introducir los datos a la entrada de la plataforma?¿como persona jurídica o como U.T.E? ¿o debemos de hacer dos entradas a la licitación una como persona jurídica para las ofertas directas y otra como U.T.E para las ofertas en participación conjunta?. Muchas gracias.
Enviada

08/mar/2021

Contestada

08/mar/2021

Buenos días. No es lo mismo participar como UTE o hacerlo en participación conjunta, y los requisitos para ello no son los mismos. En todo caso, si su pregunta se refiere a cuestiones técnicas de cómo gestionarlo en la plataforma, deberá ponerse en contacto con el soporte de la misma. Un saludo.