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Suministro de gas y energía eléctrica
suministro de energía eléctrica verde y gas para los edificios municipales
Importe de licitación (sin impuestos)
1.043.827,14 EUR
Estado Publicado
Periodo de solicitudes
11/jun/2024 00:01 - 03/jul/2024 23:59
Tipo de Contrato Suministros
Tipo de Procedimiento
Abierto
Valor estimado sin impuestos 2.296.419,72 EUR
Nº lotes 2

Forma de presentación



Para presentar su oferta mediante la aplicación de escritorio debe instalarla previamente. Una vez instalada, debe descargar el archivo de plantilla con la información correspondiente a la licitación solicitada. Podrá realizar la presentación telemática directamente desde la aplicación.

  • Tamaño máximo por documento: 50 MB (En caso de requerirse su firma el tamaño máximo se rebaja a 20 MB)

  • Tamaño máximo de la oferta: 300 MB

  • Formatos de documento permitidos: doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip

Estructura de la oferta

  • Documentación administrativa
    • Documentación administrativa
  • Documentación de criterios de adjudicación
    • criterio de igualdad de género
    • Criterios sociales
    • Oferta económica

Lotes en que se divide el expediente

Lote Título Importe de licitación (sin impuestos) Estado
09310000-5 Electricidad

1 suministro de energía eléctrica 576.154,40 Publicado
09123000-7 Gas natural

2 suministro de gas 467.672,74 Publicado

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
Documentos adicionales a publicar

PPT Sumin Energ ANSOÁIN + Anexos.pdf

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Documentos adicionales a publicar

cuadro características y pliego administrativo.pdf

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Documentos adicionales a publicar

Anexo_Oferta Económica.xlsx

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Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
Gdos: Desconocemos donde visualizar las cotizaciones de gdos para aplicarlas en factura.
Enviada

12/jun/2024

Contestada

17/jun/2024

El único mercado que consideramos válido y público es el que publica OMIP: https://www.omip.pt/es/subastas-GO A través de su web se puede descargar el documento "Histórico de resultados de las subastas" https://www.omip.pt/sites/default/files/2024- 05/Histórico de Resultados de las Subastas GO-PT.pdf donde figuran los precios marginales resultantes de cada subasta.
Hay revisión de precios. No queda claro. En el cuadro de caracteristicas pone que SI, y en el articulo 17.4 pone que NO.
Enviada

12/jun/2024

Contestada

17/jun/2024

Hay revisión de precios pero solo en los supuestos establecidos en la cláusula 1.9 del pliego técnico
Referente al lote de gas, la definición del MIBGAS del pliego es muy general, por lo que deseo confirmar si es aceptable ofertar con el siguiente índice MIBGAS para Day Ahead: PVBDA: Precio calculado como la media aritmética de los valores diarios del producto day ahead en el punto virtual de balance (PVB) (Daily Reference Price GDAES_D+1) con delivery date en el mes natural de consumo, redondeado a 3 decimales, publicado en la web de MIBGAS (https://www.mibgas.es/es/file-access) en el apartado Trading Data PVB VTP, expresado en ¤/MWh.
Enviada

25/jun/2024

Contestada

26/jun/2024

En el punto 1.9 del PPT se incluye la respuesta vuestra pregunta: El Precio del Gas no incluirá ningún tipo de recargo, los costes de acometida, extensión, enganche o verificación. Estos conceptos se liquidarán según corresponda a partir de la regulación vigente en cada caso. El Precio indexado a MIBGAS (Mercado Ibérico del Gas) (en ¤/kWh) a facturar por la empresa comercializadora se construirá a partir de la siguiente fórmula: Precio Gasi = G1i x MIBGAS + G2i + NCi Donde: MIBGAS: Coste diario de adquisición del gas natural en España en el mercado mayorista del Gas MIBGAS (en ¤/kWh), publicado diariamente en su web (https://www.mibgas.es/). Producto MIBGAS PVB Day Ahead ES.
En la oferta de gas indica que se oferte en el parámetro G2 con los peajes en posición PVB. Deseo confirmar, de cara a la revisión de peajes y tasas para el Término variable de gas si reconocen los peajes indicados en BOE, concretamente según Resolución de 30 de mayo de 2023 de la CNCM y la del FNEE según Orden TED268_2024, o si hay algún peaje que quede excluido.
Enviada

25/jun/2024

Contestada

26/jun/2024

Efectivamente, de cara a la actualización de los coeficientes por cambios regulatorios, se reconocen los peajes en vigor en virtud de la Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2024 y la Orden TED/268/2024, de 20 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de ahorro energético, el cumplimiento mediante Certificados de Ahorro Energético y la aportación mínima al Fondo Nacional de Eficiencia Energética para el año 2024. Así como el resto de conceptos regulados en vigor que legalmente puedan ser trasladados al consumidor final en cualquiera de los coeficientes ofertados.
¿Esta oferta conlleva algún tipo de costes en publicidad a pagar por parte del adjudicatario?
Enviada

25/jun/2024

Contestada

26/jun/2024

no, no hay ningún coste de publicidad a pagar por el adjudicatario
En las ofertas a presentar, ¿el Fondo Nacional de Eficiencia Energética va incluido en el precio o en linea aparte?, ¿es posible trasladar las modificaciones de este concepto que se produzcan durante la vigencia del contrato?
Enviada

25/jun/2024

Contestada

26/jun/2024

Según las cláusulas 1.7 y 1.9 del PPT, cualquier concepto de nueva creación que pudiera establecerse con posterioridad podrá ser incorporado a la fórmula dentro de los conceptos destinados a tal fin, siempre y cuando se justifique debidamente al Ayuntamiento.
Buenos días, En el cuadro de características, 18.2, informais de que no hay posibilidad de aumento de unidades a suministrar, pero en el PPT, pág 3, 1.1 LOTE 2, informáis de que se podrá ampliar o reducir el número de CUPS contratados. ¿Nos podéis confirmar si se pueden ampliar o no, y que porcentaje máximo en caso de que sea afirmativa la respuesta? Gracias.
Enviada

26/jun/2024

Contestada

26/jun/2024

Cláusula 1.1 PPT: "Se considera que, a lo largo de la duración del contrato, el AYUNTAMIENTO podrá ampliar o reducir el número de CUPS contratados para prestar los servicios públicos pertinentes. El precio de la energía de los nuevos suministros será el mismo que el ofertado para las Tarifas homónimas." Según este precepto, es el Ayuntamiento el que tiene la potestad de variación de unidades, pero no el adjudicatario.
Buenos días, En caso de discrepancias entre el pliego y la normativa vigente, entendemos que será de aplicación la normativa vigente, ¿Están de acuerdo con esto? Gracias
Enviada

26/jun/2024

Contestada

26/jun/2024

Tal y como se establece en el propio pliego técnico en la cláusula 1.9 e relación con la revisión de precios, di durante la vigencia del contrato se modificase la normativa vigente, la empresa adjudicataria podrá trasladar las oportunas variaciones a la facturación. Pero antes de aplicar una variación de los precios, el adjudicatario presentará una memoria justificativa de la variación, con el cálculo totalmente detallado
En el pliego hablan de un fichero a descargar para cumplimentar el DEUC pero no aparece anexo en ninguna parte de la licitación ¿es un error?
Enviada

28/jun/2024

Contestada

28/jun/2024

es un error, no hay fichero de descarga en el anuncio.