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3184_APRO 207/2020

APRO 207/2020: Suministro de sensores medidores de óxido nítrico para el CHN, HRS Y HGO, centros dependientes del SNS-O.
APRO 207/2020: Suministro de sensores medidores de óxido nítrico, con cesión del equipamiento necesario, con destino al Complejo Hospitalario de Navarra, al Hospital Reina Sofía de Tudela y al Hospital García Orcoyen de Estella, centros dependientes del Servicio Navarro de Salud–Osasunbidea.
Importe de licitación (sin impuestos)
118.550,00 EUR
Estado Finalizado
Periodo de solicitudes
15/jul/2020 00:01 - 13/ago/2020 23:59
Tipo de Contrato Suministros
Tipo de Procedimiento
Abierto
Valor estimado sin impuestos 616.460,00 EUR
Código CPV
33124130-5 Material para diagnóstico

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de cláusulas administrativas
    • Anexo II: Hoja resumen datos del licitador
    • Declaración de sometimiento a la jurisdicción Española
    • DEUC
    • Documento de participación conjunta o de compromiso de constituirse en UTE
  • Sobre de condiciones técnicas y económicas
    • Criterios cuantificables mediante fórmulas (valoración económica)
    • Criterios cuantificables mediante fórmulas (valoración técnica)

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
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Apro 207-2020. Pliego regulador.pdf

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ANEXO I MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DATOS TÉCNICOS..xlsx

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ANEXO II HOJA RESUMEN DE DATOS DEL LICITADOR.docx

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ANEXO V PARA FACILITAR LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS.docx

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ANEXO VI REQUERIMIENTOS SSIAS.doc

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DEUC APRO 207.zip

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Estimado Sres./as: Me pongo en contacto con Ustedes para hacerles llegar una consulta en relación al expediente de contratación APRO-207/2020. La consulta se refiere a Anexo VI de dicho expediente, Requerimientos SSIAS. Dado que estamos hablando del suministro de un dispositivo portátil de medición, no entendemos a priori la naturaleza de ese documento ni que debemos aportar ni cumplir exactamente. ¿puedes aclararnos que debemos de hacer exactamente con el Anexo VI ¿ ¿conexión informática, acceso a la nube? Muchas gracias,
Enviada

28/jul/2020

El Anexo VI de Requerimientos SSIAS se recoge en el Pliego Regulador por si la oferta de algún licitador incluye un software asociado a los dispositivos portátiles. Si no se entrega software, deben contestar al formulario con "No aplica" en todas las casillas.Si entregan software, deberán incluir los requisitos de ese software y su arquitectura, asegurarse de que cumplen el escenario tecnológico de Gobierno de Navarra y contestar "SI" en los apartados del Anexo que hacen referencia a este escenario. Si alguna de las cuestiones que se incluyen en el Anexo no aplican a las características o arquitectura de su software, deberán contestar "No aplica".
1: En relación a la fórmula descrita en la pagina 3 del Pliego Regulador: nos interesaría confirmar si la formula es correcta, dado que para obtener una puntuacion sustancial se podría incurrir en baja temeraria. 2: ¿Es el % de la baja temeraria un 30% sobre el precio máximo de licitacion? Si así fuera, aplicando la fórmula descrita en la página 3 del Pliego Regulador, sería imposible obtener una puntuación relevante. Según nuestros cálculos, para obtener 20 puntos, de los 50 puntos disponibles que puede obtener la proposicion economica, habría que incurrir en una baja temeraria (es decir, una baja de más del 30% sobre el precio máximo de licitación). Gracias y saludos,
Enviada

28/jul/2020

Contestada

28/jul/2020

1. Confirmamos que la fórmula de la oferta económica recogida en el apartado 10.1.B) del Pliego Regulador es CORRECTA. 2. Efectivamente, como se recoge en el apartado 10.3 del Pliego Regulador, el porcentaje de presunción de ofertas anormalmente bajas es del 30% del precio máximo de licitación. Para obtener una puntuación "sustancial" no hay que incurrir en baja temeraria. Aclaro su duda con un ejemplo. El precio máximo de licitación es 118.550 euros. Si un licitador realiza una oferta rebajando el precio máximo en un 30%, la fórmula sería Puntuación = (118.550 – 82.985 / 35.565) x 50 = 50 puntos La puntuación para el resto de ofertas sería (118.550 – oferta licitador / 35.565) x 50 Si la baja máxima admitida de entre todas las ofertas admitidas no llegase al 30% sino que fuese un X%, este porcentaje multiplicado por 118.550 sería el denominador ya que en la oferta económica el denominador será el valor máximo de entre los dos indicados en el paréntesis, baja del 30% del precio máximo fijado o baja máxima admitida de todas las ofertas económicas admitidas en la licitación.