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3184_SER 071/2020

SER 071/2020: Servicios de Limpieza para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de CHN-A.
SER 071/2020: Servicios de Limpieza para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de CHN-A.
Importe de licitación (sin impuestos)
2.734.727,00 EUR
Estado Finalizado
Periodo de solicitudes
30/sep/2020 00:01 - 29/oct/2020 23:59
Tipo de Contrato Servicios
Tipo de Procedimiento
Abierto
Valor estimado sin impuestos 13.648.179,83 EUR
Código CPV
90911200-8 Servicios de limpieza de edificios

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de documentación administrativa
    • Anexo II Hoja resumen datos de la licitadora
    • Declaración de sometimiento a la jurisdicción Española
    • DEUC
    • Documento de participación conjunta o de compromiso de constituirse en UTE
  • Sobre de oferta técnica
    • Proposición relativa a criterios no cuantificables mediante fórmulas
  • Sobre de oferta económica
    • Propuesta criterios cuantificables mediante fórmula. Anexo I

Documentos y enlaces publicados del expediente

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71_20 Limpieza CHN-A 2021 _Pliego_ pub.pdf

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PERSONAL A SUBROGAR 28-09-2020.pdf

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ANEXO I (1-3, 2-3, 3-3).docx

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ANEXO II.docx

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Anexo Propuesta Técnica 1-bis.docx

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Anexo Propuesta Técnica 2 Equipos.docx

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Anexo Propuesta Técnica 2 Productos.docx

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Anexo Propuesta Técnica1.docx

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Mesas de apertura de la licitación.

3184_SER 071/2020: Mesa de apertura de la sección Sobre C: Sobre de oferta económica

1 diciembre 2020 12:30

Finalizada

Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
Buenos días: 1) ¿La clasificación en grupo U, subgrupo 01, categoría 5, serviría para acreditar la solvencia económica y técnica o profesional? 2) ¿Hay que indicar la subcontratación en el DEUC? En caso afirmativo ¿hay que aportar el DEUC de los subcontratistas?
Enviada

06/oct/2020

Contestada

07/oct/2020

1.- Los medios para acreditar solvencia económica y técnica o profesional, están establecidos en el apartado 6 SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL del Cuadro de Características del pliego regulador que rige esta contratación y es función de la mesa de contratación la valoración de dicha solvencia. 2.- De acuerdo con el artículo 107 "Subcontratación" de la Ley Foral 2/2018 de 13 de abril, de Contratos Públicos: Las prestaciones del contrato podrán ser objeto de subcontratación, salvo aquellas de carácter personalísimo, cuando quien licite, en el momento de acreditar su solvencia haya presentado una relación exhaustiva de los subcontratistas (LA RELACIÓN DEBE PRESENTARSE EN EL DEUC) en los términos establecidos en el artículo 18 de esta ley foral. Dicha relación vendrá acompañada de una declaración responsable del subcontratista de que está de acuerdo en cumplir las condiciones del contrato y que no concurre en ninguna de las circunstancias del artículo 22 de la citada ley foral 2/2018. Esa declaración puede sustituirse por el DEUC del subcontratista.
Buenas tardes, En relación con la solvencia económica y técnica que se exige en el apartado 6.1 y 6.2, ¿se podría acreditar la solvencia por medios externos? Gracias
Enviada

13/oct/2020

Contestada

14/oct/2020

De acuerdo con la Ley Foral 2/2018 de 13 de abril de 2018, de Contratos Públicos que rige esta contratación "Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos. (…) En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato."
Buenos días, Dentro del Anexo Propuesta Técnica 1 se deben entregar dos partes diferenciando entre los edificios actuales y las ampliaciones. ¿En el Anexo 1 bis esto no sería necesario? Gracias.
Enviada

26/oct/2020

Contestada

27/oct/2020

Debe entenderse que en ambos casos se deben entregar diferenciados los citados anexos, uno para los edificios actuales y otro para las ampliaciones. El "Anexo Propuesta Técnica 1.bis" es el detalle del anterior "Anexo Propuesta Técnica 1".