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3184_APRO 209/2022

APRO 209/2022: Suministro de reactivos, fungible y cesión del equipamiento necesario, con mantenimiento y conexión informática incluidos, para la determinación de parámetros en sangre (Gasometrías/Co-Oximetría) con destino a los centros del SNS-O
APRO 209/2022: Suministro de reactivos, fungible y cesión del equipamiento necesario, con mantenimiento y conexión informática incluidos, para la determinación de parámetros en sangre(Gasometrías/Co-Oximetría) con destino a los centros dependientes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea
Importe de licitación (sin impuestos)
289.344,00 EUR
Estado Finalizado
Periodo de solicitudes
17/ago/2021 00:01 - 15/sep/2021 23:59
Tipo de Contrato Suministros
Tipo de Procedimiento
Abierto
Valor estimado sin impuestos 1.736.064,00 EUR
Nº lotes 2

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de cláusulas administrativas
    • Declaración de sometimiento a la jurisdicción Española
    • DEUC
    • ANEXO II Hoja resumen de datos del licitador
    • Documento de participación conjunta o de compromiso de constituirse en UTE
  • Sobre de condiciones técnicas y económicas
    • Valoración técnica objetiva de los productos
    • Lote 1: LOTE 1: GASES EN SANGRE (Gasometría / Co-Oximetría)
      • Oferta económica
    • Lote 2: LOTE 2: GASES EN SANGRE (Gasometría). Micromuestra
      • Oferta económica

Lotes en que se divide el expediente

Lote Título Importe de licitación (sin impuestos) Estado
33696500-0 Reactivos de laboratorio

1 LOTE 1: GASES EN SANGRE (Gasometría / Co-Oximetría) 266.890,00 Finalizado
33696500-0 Reactivos de laboratorio

2 LOTE 2: GASES EN SANGRE (Gasometría). Micromuestra 22.454,00 Finalizado

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
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Pliego Regulador APRO 209-2022.pdf

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Anexo I Modelo proposición económica y técnica.xlsx

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ANEXO II.docx

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Anexo VI.docx

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Anexo VII Requisitos técnicos SSIAS.docx

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DEUC.zip

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Mesas de apertura de la licitación.

3184_APRO 209/2022: Mesa de apertura de la sección BC: Sobre de condiciones técnicas y económicas

21 septiembre 2021 12:30

En curso

Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
En relación a la fórmula para el cálculo de la puntuación según la oferta económica del C.P. 209/2022 nos gustaría que concretarán más detalladamente (y si es posible con algún ejemplo) la definición de cada término indicado En el dividendo Precio Máximo ¿se refieren al precio máximo por determinación indicado por uds. es decir 1,3€ determinación para el lote 1?, ¿O se refieren al precio de la oferta mas alta ? p.e. si hubiese tres ofertas A = 1,15 €/determinación B = 1,28 €/determinación C = 0,96 €/determinación ¿El precio máximo sería 1,30€ ó 1,28€? En el divisor Máximo (Baja 30% Precio Máximo; Baja Máxima admitida) Baja 30% del precio máximo ¿si este es 1,28 sería (1,28 - 1,28x30%) =0,896€? en este caso el precio máximo nunca sería superior a la baja máxima admitida que es de 0,91. Baja Máxima admitida entendemos que es (1,30€ - 1,30€x30% ) = 0,91€ ¿correcto? Por tanto les ruego que nos pongan algún ejemplo, Muchas gracias
Enviada

30/ago/2021

Buenos días, en el dividendo (precio máximo – precio ofertado "X") los términos se corresponden con: Precio máximo = 1,30 x 205.300 det = 266.890 ¤ (importe recogido en el Anexo I) y Precio ofertado "X" = precio unitario por determinación ofertado x 205.300 determinaciones. El divisor es el máximo entre: el 30% del precio máximo, es decir, 30% de 266.890 = 80.067 ¤ o, el resultado de multiplicar el porcentaje máximo admitido sobre 266.890, en el supuesto de que alguna oferta presentara una rebaja superior al 30% y ésta fuese admitida. En el ejemplo que plantea en su pregunta, si se presentan 3 ofertas con precios unitarios de licitación de 1,15 ¤/det; 1,28 ¤/det y 0,96 ¤/det, el cálculo es el siguiente (ya que ninguna de las ofertas presenta una rebaja superior al 30%): Oferta A = 266.890 – 236.095 / 80.067 = 21,15 puntos; Oferta B = 266.890 – 262.781 / 80.067 = 2,82 puntos; y Oferta C = 266.890 – 197.088 / 80.067 = 47,95 puntos. Si hubiese una oferta, cuyo precio ofertado fuese 186.823 ( 0,91 x 205.300 det), la puntuación que obtendría sería la máxima, es decir 55 puntos.
Revisando la documentación para subir a la Plataforma de Contratación, vemos que se divide en: - Sobre clausulas administrativas. - Sobre de condiciones técnicas y económicas: - Oferta económica. - Valoración técnica objetiva de los productos. Los documentos que justifican que se cumple con los criterios técnicos subjetivos, ¿Dónde debemos incluirlos?
Enviada

31/ago/2021

Buenos días, tal y como se indica en el apartado 8. "Forma y contenido de las proposiciones" del Pliego Regulador, la documentación se incluirá en el Sobre A "Documentación administrativa" y Sobre BC "Proposición relativa a criterios cuantificables mediante fórmulas". En el apartado 10 del Pliego Regulador "Criterios de Adjudicación" se indica en el punto A). Criterios no cuantificables mediante fórmulas: No procede. B). Criterios cuantificables mediante fórmulas. B.1). Oferta económica: Lote 1. Máximo 55 puntos; Lote 2. Máximo 45 puntos. B.2). Valoración técnica objetiva de los productos: Lote 1. Máximo 45 puntos; Lote 2. Máximo 55 puntos. En este expediente de contratación NO se valoran criterios no cuantificables mediante fórmulas (criterios técnicos subjetivos).
Buenos días, Solicitamos aclaración sobre las siguientes dos cuestiones: • Si los equipos que se instalen en las unidades de críticos (pag.2 del documento REQUISITOS TECNICOS STS), pueden conectarse SOLO al SILNA ( bien de forma directa, bien a través del middleware ofertado). • Si la integración con SILNA lleva algún coste por parte de SILNA. Muchas gracias por adelantado. Un cordial saludo.
Enviada

01/sep/2021

Buenos días, los equipos instalados en las unidades de cuidados críticos deberán enviar la información solo a SILNA. Por diseño de arquitectura del SNS-O será SILNA el que proporcione esa información a los sistemas propios de cuidados críticos que lo requieran. - SILNA es un software propietario de Gobierno de Navarra y el usarlo no tiene ningún coste de licenciamiento ni de conexión. Sin embargo la empresa adjudicataria deberá adaptar sus sistemas y sufragar las adaptaciones necesarias para enviarla a través del interfaz de SILNA, que está detallado en el ANEXO II INTEGRACIÓN CON SILNA.
Dado que especifican que en este expediente de contratación no se valorarán criterios no cuantificables mediante fórmulas (criterios técnicos subjetivos), nos podrían indicar ¿En qué fase del procedimiento, y en base a qué documentación, se evalúa si los licitadores cumplen las condiciones y especificaciones técnicas mínimas consignadas en el Anexo IV?
Enviada

01/sep/2021

Tal y como se indica en el apartado 8.2. Detalle del contenido del Sobre BC "Proposición relativa a criterios cuantificables mediante fórmulas", del Pliego Regulador (página 3), en dicho sobre «deberán incluirse fichas técnicas, catálogos, fotografías, y cuantos documentos explicativos estime oportuno aportar el licitador con referencia a las características del material ofertado, que resulte precisa para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos en las PRESCRIPCIONES TÉCNICAS y para la valoración técnica de los criterios cuantificables mediante fórmulas». Por lo que el cumplimiento de las Prescripciones Técnicas exigidas en el Anexo IV se evaluarán tras la apertura del sobre BC y en base a la documentación que el licitador aporte para acreditar dicho cumplimiento. Prescripciones técnicas y criterios técnicos subjetivos (criterios técnicos no cuantificables mediante fórmulas), son conceptos diferentes.
Buenos días, En la página 3 del pliego se indica que la documentación que se presente deberá estar adecuadamente ordenada y acompañada de un índice temático y el número de páginas a presentar será de 80-100 páginas como máximo para cada lote. Los manuales de los equipos superan este número de páginas, ¿es necesario aportarlos ahora o se solicitarán al adjudicatario? Muchas gracias. Saludos cordiales.
Enviada

03/sep/2021

Buenos días, en la página 3 del Pliego Regulador se indica que el licitador aportará la documentación que resulte precisa para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos en las Prescripciones Técnicas y para la valoración técnica de los criterios cuantificables mediante fórmulas. Si los manuales de los equipos contienen la información necesaria para realizar dicha comprobación y/o valoración, deberán aportarlos aunque el número de páginas sea superior al indicado.