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3184_OB15/2022

ob15/2022. Suministro de una torre de imagen para el Servicio de Urología del Hospital Reina Sofía de Tudela.
Suministro de una torre de imagen para el Servicio de Urología del Hospital Reina Sofía de Tudela
Importe de licitación (sin impuestos)
80.000,00 EUR
Estado Evaluación
Periodo de solicitudes
17/may/2022 00:01 - 01/jun/2022 23:59
Tipo de Contrato Suministros
Tipo de Procedimiento
Abierto
Valor estimado sin impuestos 80.000,00 EUR
Código CPV
33168000-5 Aparatos de endoscopia y endocirugía

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de cláusulas administrativas
    • Anexo I Hoja resumen de datos del licitador a efectos de notificación
    • Documento de participación conjunta o de compromiso de constituirse en UTE
    • empresas extranjeras
  • Sobre de condiciones técnicas y económicas
    • 35911 Requerimientos técnicos STS
    • Anexo II Declaración responsable
    • Anexo III Proposición económica
    • Anexo V. Criterios sociales
    • Anexo VI. Plazo de garantía
    • Oferta técnica y anexos VII, IX y VIIII

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
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35911 Requerimientos técnicos STS (OB15-2022 Torre Urología HRS).pdf

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OB15-2022 Anexo IX Criterios Mínimos.pdf

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OB15-2022 ANEXOS.doc

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OB15-2022 Cuadro de Características.pdf

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OB15-2022 Pliego Regulador.pdf

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Mesas de apertura de la licitación.

3184_OB15/2022: BC

2 junio 2022 12:00

En curso

Documento Fecha de publicación
1.OB15-2022. Acta apertura sobre A y BC Publicado el 04/oct/2022

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2.OB15-2022. Acta aceptación ofertas bajas Publicado el 04/oct/2022

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3.OB15-2022. Acta Aprobación informes Publicado el 04/oct/2022

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4.OB15-2022. Acta aprobación Doc Previa Publicado el 04/oct/2022

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5.OB15-2022. Acta Revision Subsanación Doc. Previa Publicado el 04/oct/2022

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6.OB15-2022. Acta Doc. Previa subsanación Karlz Publicado el 04/oct/2022

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Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
Necesitamos que nos confirmen como podemos acreditar solvencia técnica al ser una empresa de nueva creación. El artículo 89.1.h) dispone que se puede acreditar mediante uno o varios medios: b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. d) Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad. e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas. g) Indicación de los sistemas de gestión de la cadena ¿Es posible acreditarlo por uno o varios de estos medios?
Enviada

27/may/2022

Contestada

31/may/2022

En respuesta a su pregunta: "El artículo 18 de la de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, de aplicación en Navarra en virtud de su régimen foral, establece que: "Artículo 18. Valoración de la solvencia económica y técnica de quien licite, por referencia a otras empresas. Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos. En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato".
Buenos días, Una vez analizado el concurso del Hospital Tudela OB15/2022 nos surgen las siguientes dudas: -Plazo de entrega: El plazo de entrega para este concurso es de 4 meses desde la formalización del contrato. Dado que hay un problema de falta de componentes para la fabricación de equipamiento, ¿sería posible que el plazo de entrega del equipamiento pudiera extenderse por fuerza mayor hasta final del año 2022? - En el punto de 2 de las Prescripciones Técnicas particulares de la Torre de Imagen para Urología y en como característica general exigible, solicitan un módulo para conexión de cabezal de cámara de 3 chips. Entendemos que lo que solicitan es un módulo de cámara en el que se conecte el cabezal de cámara solicitado en el punto 4 de las prescripciones técnicas, y que dicho cabezal tiene que ser 4K, que podrán ser de 1 Chip Cmos. ¿Es correcto? -En el punto de 2 de las Prescripciones Técnicas particulares de la Torre de Imagen para Urología y en como característica general exigible, solicitan un monitor de 4K de tamaño 32”. Entendemos que puesto que el equipamiento solicitado para este concurso va dirigido al ámbito quirúrgico, este monitor debe ser de grado médico con las certificaciones necesarias para ser utilizado en dicho ámbito. ¿Es correcto? Gracias
Enviada

31/may/2022

Contestada

31/may/2022

Punto 1: Plazo de entrega: El plazo de entrega para este concurso es de 4 meses desde la formalización del contrato. Dado que hay un problema de falta de componentes para la fabricación de equipamiento, ¿sería posible que el plazo de entrega del equipamiento pudiera extenderse por fuerza mayor hasta final del año 2022? Nos remitimos a los pliegos reguladores Punto 2: En el punto de 2 de las Prescripciones Técnicas particulares de la Torre de Imagen para Urología y en como característica general exigible, solicitan un módulo para conexión de cabezal de cámara de 3 chips. Entendemos que lo que solicitan es un módulo de cámara en el que se conecte el cabezal de cámara solicitado en el punto 4 de las prescripciones técnicas, y que dicho cabezal tiene que ser 4K, que podrán ser de 1 Chip Cmos. ¿Es correcto? Se ha publicado aclaración en Portal de Contratación Punto 3: En el punto de 2 de las Prescripciones Técnicas particulares de la Torre de Imagen para Urología y en como característica general exigible, solicitan un monitor de 4K de tamaño 32". Entendemos que puesto que el equipamiento solicitado para este concurso va dirigido al ámbito quirúrgico, este monitor debe ser de grado médico con las certificaciones necesarias para ser utilizado en dicho ámbito. ¿Es correcto? En el Anexo IX se estipula que: "Todos los componentes de los equipos estarán construidos adecuadamente, de acuerdo con el uso a que se destinan", por lo tanto, se sobreentiende que el monitor debe ser de grado médico